Ley de Derechos Solares de Florida
Así que ha decidido instalar paneles solares en su casa de Florida, pero vive en un vecindario. ¿Su Asociación de propietarios de viviendas (HOA) o Asociación de propietarios de condominios (COA) permite paneles solares? Bueno, tenemos buenas noticias para ti. No importa si a su HOA o COA le gustan o no los paneles solares, porque puede obtenerlos independientemente con el Ley de Derechos Solares de Florida. Esta ley ayuda a las personas que quieren usar la energía solar al hacer que sea ilegal evitar que las personas obtengan energía solar.
Las leyes de derechos solares son cada vez más comunes en todos los estados y se instituyen específicamente para proteger a los propietarios de los sistemas de energía solar. La ley de derechos solares de Florida prohíbe que cualquier entidad, incluidas las HOA y las COA, prohíba la instalación y el uso de paneles solares en un techo residencial. Está escrito muy claramente en el propio estatuto, que puede ver a continuación:
Título XI
Organización del condado y relaciones intergubernamentales
Capítulo 163 – Programas intergubernamentales
163.04 Dispositivos de energía basados en recursos renovables.—
(1) No obstante cualquier disposición de este capítulo u otra disposición de ley general o especial, la adopción de una ordenanza por parte de un órgano rector, según se definen esos términos en este capítulo, que prohíba o tenga el efecto de prohibir la instalación de colectores solares , tendederos u otros dispositivos energéticos basados en recursos renovables quedan expresamente prohibidos.
(2) Una restricción de escritura, pacto, declaración o acuerdo vinculante similar no puede prohibir o tener el efecto de prohibir la instalación de colectores solares, tendederos u otros dispositivos de energía basados en recursos renovables en edificios construidos en los lotes o parcelas cubiertos por la restricción de la escritura, pacto, declaración o acuerdo vinculante. A un propietario no se le puede negar el permiso para instalar colectores solares u otros dispositivos de energía por parte de cualquier entidad a la que se le otorgó el poder o derecho en cualquier escritura de restricción, pacto, declaración o acuerdo vinculante similar para aprobar, prohibir, controlar o modificar directamente la propiedad con respecto a las viviendas residenciales y dentro de los límites de una unidad de condominio . Dicha entidad podrá determinar el lugar específico donde se podrán instalar los colectores solares en el techo dentro de una orientación al sur o dentro de los 45 ° al este o al oeste del sur si tal determinación no perjudica el funcionamiento efectivo de los colectores solares.
(3) En cualquier litigio que surja bajo las disposiciones de esta sección, la parte vencedora tendrá derecho a los costos y honorarios razonables de abogado.
(4) La intención legislativa al promulgar estas disposiciones es proteger la salud, la seguridad y el bienestar públicos fomentando el desarrollo y uso de recursos renovables para conservar y proteger el valor de la tierra, los edificios y los recursos evitando la adopción de medidas que tendrán el efecto final, aunque no sea su intención, de aumentar los costos de poseer y operar propiedades comerciales o residenciales más allá de la capacidad de mantenimiento de los propietarios privados. Esta sección no se aplicará a las barandas de patio en condominios, cooperativas o apartamentos.
Historia.—s. 8, cap. 80-163; s. 1, cap. 92-89; s. 14, cap. 93-249; s. 1, cap. 2008-191; s. 3, cap. 2008-227.
Sin embargo, la HOA no es completamente impotente, incluso con la ley de derechos solares de Florida. Debido a que las HOA y COA quieren que sus vecindarios se vean atractivos, también tienen algunos derechos. Las HOA y COA pueden requerir la aprobación de una instalación y también pueden establecer restricciones. También pueden indicar dónde se pueden instalar los paneles solares. Sin embargo, cualquier restricción debe ser ‘razonable’ y aplicarse a todos los miembros de la asociación. Además, las restricciones no pueden afectar el rendimiento de los paneles solares ni aumentar el costo del sistema de paneles solares. Y además de los otros requisitos, la ley de derechos solares de Florida establece que cualquier ubicación seleccionada por la HOA o la COA debe mirar dentro de los 45 grados del sur para obtener la máxima exposición a la luz solar.
Cuando quiera pasarse a la energía solar, pero tiene una HOA o COA, asegúrese de obtener una copia escrita de los requisitos que puedan tener para su sistema de paneles solares. También es posible que deba trabajar más de cerca con un COA para obtener la aprobación de sus paneles solares. Aunque la ley de derechos solares de Florida otorga al propietario de un condominio lo mismo que al propietario de una vivienda, el hecho de que la mayoría de las unidades de condominio estén conectadas puede complicar un poco las cosas.
Si desea instalar paneles solares en su hogar de Florida, ¡no deje que su HOA o COA lo detenga! SOLAR LINE RENOVABLES está aquí para ayudarlo a obtener el sistema de paneles solares que está esperando. Trabajaremos con su HOA o COA para encontrar el mejor sistema de paneles solares para usted y ellos.
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